
Beneficio extraconvencional
- Consiste en la posibilidad de disponer de una bolsa de siete (7) horas máximo no acumulables, para realizar sus actividades laborales en un lugar diferente a las instalaciones de ISAGEN.
- Aplica a todos los afiliados y beneficiarios que hagan un acuerdo previo del aprovechamiento de estas horas con su jefe inmediato.
- Se tomará por bloques de horas, de tal forma que no se interrumpa la jornada laboral; es decir, que el desplazamiento entre el lugar donde se vayan a desarrollar las actividades laborales y la sede de trabajo se haga antes del inicio de la jornada o al medio día. Solo se podrá acceder siempre y cuando las actividades laborales permanentes o transitorias lo permitan.
- Se puede usar con los otros beneficios de flexibilidad y opciones de horario escalonado que la Empresa ofrece.
- Este beneficio no implica de manera alguna la obligación por parte de la Empresa de entregar ningún tipo de pago o reconocimiento económico o la entrega de elementos o herramientas de trabajo adicionales a los asignados.
- El trabajador deberá cumplir a cabalidad con la jornada laboral, las obligaciones y responsabilidades consagradas en el reglamento interno de trabajo, políticas y directrices de la Empresa.
- El trabajador deberá garantizar su conexión y disponibilidad dentro de su jornada laboral.
- Por necesidades del trabajo, el jefe inmediato podrá requerir de manera ocasional al trabajador, para que se presente en su sede de trabajo en el día o el horario en el que tiene establecido el beneficio, para la atención de asuntos que estime necesarios (tales como, requerimientos de entes de control, auditorías y actividades que afecten la continuidad de la operación del servicio) para lo cual se le deberá notificar al trabajador por lo menos con un día de anticipación.
