Prima extralegal de diciembre
Convencional

Dentro de los primeros diez (10) días del mes de diciembre, LA EMPRESA pagará a los trabajadores beneficiarios de la presente Convención Colectiva una prima extralegal equivalente a cuarenta y cinco (45) días de salario. Esta prima se pagará proporcionalmente 

al tiempo trabajado en el respectivo semestre, con los mismos criterios utilizados actualmente para la liquidación de la misma.

PARÁGRAFO: El valor de esta prima se calculará teniendo en cuenta la fórmula (ver anexo No. 1) y los conceptos variables que a continuación se transcriben:

Auxilio de transporte

  • Refrigerios
  • Bonificación de vehículo
  • Subsidio de localización
  • Prima de Antigüedad
  • Horas Extras
  • Recargo Nocturno
  • Prima de vacaciones
  • Encargo y/o reemplazo
  • Viáticos
  • Disponibilidad
  • Dominicales y festivos

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Prima extralegal de diciembre