
Beneficio extraconvencional
- Consiste en la posibilidad de laborar desde el domicilio una vez a la semana para las sedes administrativas o con arreglo a la jornada laboral dispuesta en las centrales de generación.
- Aplica a todos los afiliados y beneficiarios que inscriban una placa de vehículo, la cual será correspondiente al día de la semana que pueden trabajar desde la casa.
El vehículo no tiene que ser de su propiedad ni de uso frecuente, tampoco es relevante si es eléctrico, híbrido o no. - A los trabajadores con sede en centrales de generación, que estén en horario administrativo, y cuando las funciones del cargo lo permitan, se les extenderá este beneficio para ser usado los días lunes de las semanas en las que el horario administrativo inicia desde el lunes (es decir, semanas sin día de descanso remunerado).En las semanas en las que dicho lunes sea festivo no aplicará el beneficio. Para los trabajadores que tengan como equipo de trabajo plantas menores, que tengan horario administrativo y cuando las funciones del cargo lo permitan, sin importar su sede de trabajo, podrán inscribir un número de placa de acuerdo con lo establecido en las condiciones generales.
- No es excluyente con las opciones u horarios alternativos (escalonados) que pueda definir la Empresa.
- Este beneficio no implica de manera alguna la obligación por parte de la Empresa de entregar ningún tipo de pago o reconocimiento económico o la entrega de elementos o herramientas de trabajo adicionales a los asignados.
- Los beneficios de flexibilidad se pueden combinar entre sí.
- El trabajador deberá cumplir a cabalidad con la jornada laboral, las obligaciones y responsabilidades consagradas en el reglamento interno de trabajo, políticas y directrices de la Empresa.
- El trabajador deberá garantizar su conexión y disponibilidad dentro de su jornada laboral.
- Por necesidades del trabajo, el jefe inmediato podrá requerir de manera ocasional al trabajador, para que se presente en su sede de trabajo en el día o el horario en el que tiene establecido el beneficio, para la atención de asuntos que estime necesarios (tales como, requerimientos de entes de control, auditorías y actividades que afecten la continuidad de la operación del servicio) para lo cual se le deberá notificar al trabajador por lo menos con un día de anticipación.
