
Para los trabajadores beneficiarios de la presente Convención Colectiva, LA EMPRESA directamente o a través de una póliza colectiva de vida, brindará cobertura de Amparo Básico de vida y Amparo Adicional de Incapacidad Total y Permanente (ITP) por enfermedad o accidente, con una suma asegurada equivalente a cincuenta (50) mensualidades del último salario que se reconocerá al trabajador o a sus beneficiarios, según el caso.
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